By Joan Spínola -FOTORETOC-

By Joan Spínola -FOTORETOC-

Villa de Guadalcanal.- Dió el Sr. Rey D. Fernando a Guadalcanal a la Orden de Santiago , e las demás tierras de la conquista, e de entonces tomó por arma una teja o canal, e dos espadas a los lados como así hoy las usa.



miércoles, 25 de abril de 2018

El mundillo de la jaula 22


El Chepa
Un Reclamo de Perdiz de Capricho y Caprichoso 20

Capitulo 28 
Si tuviera que hacer un cómputo general de cómo escapé en los muchos puestos que, durante la década larga que convivimos juntos, le diera a mi entrañable Chepe, creo que,
siendo sincero, tenía que decir que debían ser algunos más “los puestos” en los que no le tiré, que en los que le tiré. En todo caso y en su justa medida, los podríamos dejar a partes iguales. Y es que esta tan sugestiva modalidad cinegética siempre fue y lo será siempre la mar de aleatoria y aventurera, pues son multitud de imponderables los que pueden concurrir en ella, tanto por parte del protagonista, es decir del Reclamo, sino también por parte de la climatología, de las campesinas y del paraje en que se ubique el tollo, sin dejar del todo en el olvido, al respecto, al mismísimo pajarero.
Quede claro no obstante, que en los “Puestos” en los que no le tiré a este fenomenal Reclamo, jamás lo fue por su culpa, si es que exceptuamos, esporádicamente, alguno, y siempre en muy concretas y especiales circunstancias. Yo, de momento, sólo recuerdo uno que, por cierto, fue un rotundo fracaso y que no por ello me duelen prendas ponerme a contarlo, aún sabiendo que mi dictamen de inapelable juez debe ser que “El Azurronado” de Villar del Rey fue totalmente culpable de tal delito.
Mi muy estimado e inolvidable amigo Juan Cumbres ( que no hay duda que Dios debe tener en su Gloria, siendo como fue siempre tan buena persona con todos y tan honrado hombre) siempre vivió del pastoreo, y por aquellos años llevaba en arriendo la dehesa de “El Banasto” que, aunque modesta en extensión, crecían en ella abundantes y soberbias encinas, así como frescos pastos, estando ubicada además en un lugar idílico, al estar prácticamente abrazada por las dos colas más importantes del pantano del Pintao. En la casa cortijo que había en ella, vivía Juan con su familia de forma permanente, por lo que a ella solía acudir yo, algún que otro Domingo o fiesta de guardar - por descontado que siempre y cuando fuera tiempo de veda - junto con mi esposa e hijos, a pasar el día de campeo, viviendo en plena naturaleza en un lugar tan bucólico, junto a familia tan acogedora, tan sencilla y tan amable.
Era esta dehesa una especie de isla limitada por las colas más importantes del pantano del “Pintao”, en las que desembocan respectivamente los dos principales tributarios del embalse: el Río Sotillo, linde natural, en la mayor parte de su curso, entre Andalucía, (por el término de Guadalcanal) y Extremadura, y el gran arroyo que cruza todo el término de Guadalcanal, partiendo del término de Alanís, llamado La Ribera, quedando aislada de la gran finca de Los Llanos, por el alargado y “cumbrero” cerro del Cabril, cuyas laderas de descarada pendiente y selvático monte, entre el que destacan los acebuches, las sabinas, las madroñeras, los tarayes y las retamas, alfombrado a su vez por prietas matas de tomillos, romeros, jaguarzos, abulagas, piornos y esparragueras, formando linde, asimismo, a espaldas del pantano. En las tales ladera había de forma esporádica y sin ningún orden preestablecido, alguna que otra terraza, a guisa de bancales, de mayor o menor extensión, aunque por lo general los suficientemente amplias como para montar en ellas cómodamente un puesto.
Había sido invitado por mi buen amigo Juan Cumbres a “dar unos puestos” por allí, y elegí para “el puesto de luz” una de aquellas terrazas que estaba a media ladera por la parte que iba a caer a la desembocadura de “La Ribera”, ya que, por ser la parte más afable, por ella ascendí en su busca de mi “puesto”. Desde ella se dominaba sólo la parte final del pantano que, a manera de un gran río remansado y encajonado entre montañas, daba la impresión de ser una ría que penetraba en la tierra como un estilete. Ni que decir tengo que, para el tal puesto, llevaba al enano de Villar del Rey.
Como digo el lugar elegido para ubicar el tollo era una especie de amplio bancal a media ladera, por lo que, a su vez, era un impresionante balcón desde el que se divisaba toda la dehesa y parte del pantano, que no todo, ya que, como haciendo una curva de ballesta, se escondía a la vista, ya hasta el muro de contención, tras las montañas que por doquier de alzaban en su entorno en dirección a Cazalla, a cuyo término municipal pertenecía el tal pantano.
El Chepa, como era costumbre en él, tan pronto como se vio despojado de la sayuela y con su dueño y señor emboscado en el tollo, intentó salir de reclamo de cañón, pero no tardé en darme cuenta que, como atemorizado, siempre se quedaba en una fallida intentona, pues con los reclamos como ahogados en la garganta, no terminaba de romper. Y así una y otra y otra vez, hasta que definitivamente y un tanto inquieto y nervioso, se puso a “alambrear”.
-¿Santo Dios, qué es lo que le pasa a éste hoy?.- Debí decir para mis adentros, totalmente sorprendido y sin dejar de mirarlo y “remilarlo” a través de la tronera con verdadero estupor.
Lo primero que se me vino a la cabeza fue que, más o menos cercano al pulpitillo y camuflado entre la maleza, debía merodear algún “bichejo”, y que, tal vez, fuera totalmente inofensivo, sabiendo la poca gracia que le hacían a este trovador cualquier visita, fuera quien fuera y del tipo que fuera, estando él entronizado en el pulpitillo. Insistí, intentando ver a través de la tronera el posible e inoportuno visitador, y volví a agudizar las pupilas al máximo, metiendo los ojos hasta por el más mínimo espacio libre que me ofrecía el tupido monte que rodeaba la plaza. Pero que si quieres arroz Catalina. Por allí no se veía moverse ni una humilde lagartija. Aguanté, no obstante, un “ratejo” más, pero el caprichoso Reclamo, no desistía de aquella su actitud de temor y nerviosismo, bien “alambreando” o, sencilla y simplemente, mirando desconfiado y receloso para uno y otro lado, dando, a su vez, la sensación que estaba a punto de cagarse las patas abajo.
Agotada mi paciencia, me incorporé de mi silletín y de pie en el tollo, seguí buscando el posible visitador – pues estaba en la total certeza que debía ser esa y sólo esa la causa de aquella extraña actitud del enano saltarín – y ahora, teniendo más amplios horizontes que los que me ofreciera la tronera, no sólo en torno al pulpitillo, sino a ambos lados del tollo e, incluso, hasta por atrás. Incluso oteé el cielo en todas direcciones, por si el visitante, como bien podía ser un águila o cualquier otra rapaz, caracoleaba ingrávido en el aire, teniendo en el punto de mira al enjaulado. Pero, de nuevo, ni por aquí, ni por allá, ni por acullá, no pude ver ni una puta lagartija por tierra, ni un simple aguilucho por el aire. ¿Qué le podía pasar entonces al fenomenal campeón, convertido de repente y de forma tan sorprendente y misteriosa en el más despreciable de los maulas, cosa que resultaba aún más inexplicable, estando cantando las campesinas por todos y cada uno de los puntos cardinales del Cabril, cerro en el que nos encontrábamos….?
Sumido en aquel misterio, me debí encoger de hombros como vencido y me volví a sentar en el silletín, con la paciencia del Santo Job, esperanzado que se despejara aquel misterio de un momento a otro. Pero pasaban y pasaban los minutos, y el misterio no sólo que no se despejaba, sino que se agravaba. Y, entre tanto, las perdices del campo seguían cantando y el muy maula del Chepa sin abrir el pico y sin dejar de mirar taimado y receloso para uno y otro lado, si es que no “alambreando” como si fuera una máquina a la que le hubieran dado cuerda por vida, al tiempo que se le podía ver de forma manifiesta que en su actitud demostraba tener más miedo que vergüenza.
La paciencia del Santo Job, con el transcurrir de los minutos, fue muriendo paulatinamente en mí, a modo y manera de pabilo de candil que, poco a poco, se está quedando sin aceite, hasta que, no pudiendo aguantar ni un segundo más, di por concluido el “puesto” bastante antes que estos “puestos” de mañana, en condiciones normales, suelen terminar.
Tenía pues mucho tiempo por delante, para volver al cortijo, donde seguramente me esperaba mi gran amigo Juan Cumbres con los brazos abiertos, para estrecharme en ellos amigablemente, felicitándome por el magnífico “puesto” que terminaba de dar, llevando como llevaba tan fenomenal Reclamo. Temiendo, muy por el contrario, que la decepción que me había pillado, me llameara en la cara con tal evidencia, que el bueno de mi anfitrión me la notara ya a distancia, y que lógicamente se me sumara a sufrirla conmigo, pensé sentarme tranquilamente sobre el lomo de un peñasco que allí sobresalía entre el monte, esperanzado en que amainara mi cabreo, mientras que contemplaba la majestuosa panorámica que aquel balcón le ofrecía a mis ojos, con aquellas soberbias lontananzas de impresionantes oleajes montañosos como queriéndose unir al inmaculado azul de cielo, allá por donde intuía que el pantano se debía perder por las bravías Sierras de Cazalla.
En aquel mi éxtasis me encontraba, cuando, al recoger la vista de una forma totalmente fortuita y caprichosa, hacia los charcos, de muy someras aguas, que había en la margen derecha de La Ribera a sólo unos metros de su desembocadura, y que se extendían en la misma base del Cabril y en vertical a la terraza en la que estaba el tollo, pude ver en ellos una cigüeña espejeando su blancura al sol, la que, seguramente, – me vino con toda urgencia a la cabeza – había dado con un buen mato de ranas, y sin dejar de dar, pacientemente, un pasito hacia adelante y otro hacia atrás en su acecho y captura de los tales anfibios, se debía estar poniendo como kiko.
No lo dudé ni un solo instante.
-¡Por fin.- Debí gritar de súbito, desfogando aquella mi “cabreante” decepción.- he dado con el capricho que ha movido a mi tan caprichoso enano a darme “la misteriosa mocholá” que me termina de endosar “dando el puesto”.
Y es que al margen de caprichos y demás zarandajas, aquella zancuda ave de luminosa blancura y de descarado y afilado pico rojo, siendo ya de por sí una gigante entre las aves gigantes, se hacía realmente imponente, si es que no un tanto sospechosa, agigantando su estampa, al contraste de la blancura de sus plumas y largo pico rojo con la lujuriosa verdura de la hierba que en torno a las charcas crecía.
¡Como para ponerse a cantar estaba El Chepa, teniendo ante la vista, aunque no demasiado cerca, aquel bulto sospechoso, vestido de inmaculado blanco, con aquella patas más largas que un día sin pan y con aquel pedazo de pico al rojo vivo….! ¡Y es que aquella destartalada y gigantesca ave, con aquel tan larguirucho y afilado pico que, por su color, daba la sensación de estar ensangrentado, y aquellas kilométricas patas, que ni los zancos de un payaso de circo, muy capaz era de darle un susto al miedo, y aún más en aquella inmensa soledad de la Sierra!
  
©José Fernando Titos Alfaro
Nº Expediente: SE-1091 -12

miércoles, 18 de abril de 2018

Villa Santiaguista de Guadalcanal 4/5


Alternativas en la jurisdicción de la villa

V.- GUADALCANAL INICIA LOS TRÁMITES PARA RECOMPRAR LA PRIMERA INSTANCIA
Estas noticias llegaron a los oídos de los concejos santiaguistas, la mayoría de ellos, sin calcular las consecuencias que pudieran derivarse, inmediatamente gestionaron la recompra de su jurisdicción. Los números no cuadraban, pero la ilusión era grande. Al final la mayoría de los concejos decidieron entramparse por encima de sus posibilidades y afrontar esta aventura de la que saldrían mal parados, no sólo el vecindario de entonces sino muchas generaciones posteriores, a las cuales dificultaron el acceso gratuito a los baldíos y dehesas concejiles de uso comunal. Y resultó así porque los censos o hipotecas establecidas sobre dichos bienes para afrontar los gastos derivados de la recompra de los derechos sobre la primera instancia sirvieron para que el “Honrado Consejo de la Mesta” y los hacendados locales (mayoritariamente dueños de regidurías perpetuas y de ganados estantes y riberiegos) empezaran a señorearse por todos los maestrazgos, arrendando masivamente las dehesas que antaño disfrutaban gratuitamente los vecinos de los pueblos santiaguistas.
Por los documentos que manejamos, aquí en Guadalcanal no se negoció con Fernando del Pulgar, que desapareció de la zona sobre 1590, fecha para la cual aquí aún no se habían definido sobre este asunto. En efecto, no fue hasta la primavera de 1592 cuando los guadalcanalenses más influyentes decidieron comprar la jurisdicción, concretamente en la sesión del cabido abierto convocada el 28 de Mayo de 1592, tras el toque preceptivo de campanas (Muñoz Torrado, 1922, doc. II). No sabemos cuántos vecinos asistieron y si eran muchos o pocos los que realmente sabían y tenían conciencia del alcance de lo que allí se iba a tratar. Lo cierto es que decidieron mandar un representante a la Corte, concretamente a Juan González de la Pava, con el suficiente poder requerido en derecho para entablar las negociaciones. Los acuerdos tomados en el cabildo citado se resumen así:
- Primeramente, en el acta de la sesión dedicaron unas líneas para recordar con nostalgias los tiempos anteriores a 1566, cuando los alcaldes ordinarios de la villa tenían capacidad legal para resolver los pleitos y litigios surgidos dentro de su término y jurisdicción, poniendo en valor el beneficio que les reportaba a los guadalcanalenses y lamentándose de que a partir de dicha fecha sufrían continuas vejaciones y abusos por parte del gobernador de Llerena y sus oficiales de justicia y gobernación.
- Por ello, en segundo lugar pedían al monarca que “se les buelba y restituya (a sus alcaldes) la jurisdicción cibil, criminal, mero mixto imperio en primera instancia…”
- Seguidamente solicitaban de Felipe II que el gobernador de Llerena se limitara a presentarse en la villa sólo una vez cada dos años y nunca por más de diez días.
- Matizaron aún más, pidiendo que dicha visita se efectuase con un corto séquito, limitándose en cualquier caso a fiscalizar el gobierno y administración del concejo (toma de residencia) y nunca a administrar justicia en primera instancia. Con esta medida se trataba de evitar gastos pues, cuantas más veces se personase el gobernador en la villa, tantas habría que pagarle a él y a su séquito en concepto de desplazamiento, aparte de las inevitables dietas.
- También solicitaban que las elecciones a oficios concejiles se llevasen a cabo según se hacía antes de 1563, y no siguiendo las disposiciones de esta última fecha, que daba más preponderancia a las decisiones del gobernador que a las de los guadalcanalenses con derecho a voto.
- A continuación comprometían al rey a que tomase las decisiones necesarias para castigar al gobernador si se extralimitaba en sus funciones.
- Por otra parte, como la cantidad a pagar por la primera instancia era elevada, acordaron solicitar del rey la pertinente autorización para arrendar y establecer censos o hipotecas sobre los bienes del concejo, como lo eran ciertos inmuebles en la villa y prácticamente todas las tierras del término, salvo las 9.000 fanegas de baldíos que los guadalcanalenses compartían en comunidad de pastos con los vecinos de Llerena y con los de los pueblos de la encomienda de Reina (Maldonado Fernández, 2007). Además, si con la partida anterior no se recaudase el dinero preciso, solicitaban también autorización para imponer al vecindario ciertos arbitrios sobre el consumo de alimentos de primera necesidad.
- Finalmente, manifestaron que si el monarca accedía a lo solicitado, recibiría una paga equivalente a 4.500 maravedís por vecino (como en el resto de los pueblos santiaguistas que decidieron recomprar la primera instancia), más otra añadida de 6.000 ducados (2.250.000 maravedís) si también daba las oportunas órdenes para que el gobernador de Llerena se abstuviese a perpetuidad de intervenir en la elección de alcaldes en Guadalcanal, limitándose a intervenir sólo según era usual antes de la Real Provisión de 1563.
VI.- REAL PROVISIÓN DE FELIPE II CONCEDIENDO EL PRIVILEGIO DE LA PRIMERA INSTANCIA A GUADALCANAL
A resultas de las negociaciones en la Corte, el rey, mediante una Provisión firmada en San Lorenzo del Escorial y fechada el 23 de abril de 1592, accedió a todo lo solicitado en el apartado anterior, pagando la villa los 4.500 maravedís establecidos por cada vecino (contándose los clérigos, hidalgos, viudas y mujeres menores por medio vecino), más los 2.250.000 maravedís añadidos para que el gobernador se abstuviese de tantas visitas a la villa.
El texto completo corresponde al documento III de los que incluye Muñoz Torrado (1922). De forma abreviada y comentada, recoge lo siguiente:
- Primeramente se describe el proceso seguido en este negocio, tomando Felipe II la decisión de comisionar a Nicolás de Chaves para gestionar este asiento con las autoridades guadalcanalenses. - Asimismo, el monarca advertía al gobernador de Llerena sobre sus limitaciones jurisdiccionales en la villa en cuestión, quedando reducida su actuación en Guadalcanal en la elección de oficiales del concejo a como era usual antes de 1563.
- Seguidamente aceptaba, punto por punto, todas las peticiones de Guadalcanal, firmándolas, comprometiéndose a respetar lo acordado e, incluso, involucrando a sus sucesores “para que de aquí en adelante el concejo de la villa de Guadalcanal y alcaldes ordinarios que al presente son y por tiempo fueren della… tengan e usen e exerzan en mi nombre y en el de los Reyes mis subcesores la dicha jurisdicción civil y criminal en la dicha primera instancia… que yo por la presente doy poder e facultad a los dichos alcaldes... y ponga y pueda poner el concejo de la dicha villa para la ejecución de la justicia horca, picota, cuchillo, cepo, cote y las demás insignias de Jurisdicción que se suele y pueden tener…”
- Para concluir, Felipe II se interesaba por ajustar con minuciosidad las cuentas, cuidando de que no se “distrajese” ningún maravedí: “y en el dicho asiento hareis averiguaciones de los vecinos y moradores que hay en la dicha villa… y yo por la presente mando… que entreguen el padrón cierto y verdadero… en el cual pongan y asienten todos los vecinos y moradores… sin dejar de poner a ninguna sea clérigo, hidalgo, pechero, ricos hombres, viudas y menores y huérfanos…”
Por fin, el 7 de Mayo de 1592 el concejo de Guadalcanal, a la vista de la Real Provisión anterior, la dio por buena (Muñoz Torrado, 1922, doc. IV). Asistieron a esta sesión de Ayuntamiento los guadalcanalenses más notables, encabezados por el bachiller Rodrigo Ramos y Antonio Rodríguez Pava, como alcaldes ordinarios, los regidores Juan Ramos, Juan de Ortega Suárez, Diego Ramos y Alonso Ramos, así como el mayordomo Diego Chacón, firmando a continuación, y como testigos, una docena larga de vecinos.
Años después, aprovechando el cambio de dinastía en la corona de España, el concejo de Guadalcanal estimó oportuno confirmar el privilegio de la primera instancia, solicitando en 1711 dicha confirmación a Felipe V, que así lo estimó oportuno, en Zaragoza, el 24 de abril de dicho año (Muñoz Torrado, 1922, doc. V). Por este último conocemos más datos sobre las negociaciones de 1592. Concretamente consta que se contabilizaron 1.385 vecinos (unos 4.100 habitantes), debiendo pagar a la Real Hacienda 4.500 maravedíes por cada uno de ellos, es decir, 6.632.500 maravedíes en total, más los 2.250.000 que añadieron para liberarse de las incómodas y periódicas visitas del gobernador de Llerena. En total 8.482.500 mrs., más las costas añadidas por gestiones diversas, lícitas e ilícitas, que, por noticias posteriores, muy bien pudieron llegar a los 11 millones, en unas fechas en las que el jornal diario, cuando se ofrecía, oscilaba entre 40 y 50 mrs.

Revista de Feria y Fiestas 2009
Manuel Maldonado Fernández

miércoles, 11 de abril de 2018

El mundillo de la jaula 21


El Chepa
Un Reclamo de Perdiz de Capricho y Caprichoso 19

Capitulo 26
Vuelvo a reiterarme diciendo que si me pusiera a contar, aunque sólo fueran los más memorables puestos que este excepcional reclamo me diera en los doce años que pasó junto a mí, guerreando por esos campos de Dios, esto sería el cuento de nunca acabar, por lo que, después de todo cuanto llevo narrado, debo ir pensando en que esta historia vaya siendo, más que la del “cuento de nunca acabar”, aquella otra "del cuento del gallo pelao, que nunca se acaba y ya se ha acabao".
Debo confesar, no obstante, que a partir del décimo celo, El Chepa comenzó a poner de manifiesto, ya de forma totalmente ostensible, el cansancio y los achaques, tan propios de la vejez, siendo el más palpable el que, más que por devoción, solía cantar por estricta obligación, pues aquellos sus reclamos de cañón, sus “cuchicheos y titeos”, ya no eran emitidos con aquel apasionante y visceral entusiasmo con que él acostumbraba emitirlos, sino los de un honrado obrero, que intentaba cumplir con su obligación, con la dignidad y honradez que las fuerzas de su cansado corazón le permitían.
Por eso yo, viendo esto, apenas si lo sacaba, y si lo hacía, era procurando que fuera en las mejores bonanzas posibles que un puesto puede ofrecer en todos los sentidos, incluidas – pues no faltaba más - las del buen tiempo también.
Fuerza y arrojo le podían faltar, pero lo que sí seguía siendo era un insuperable artista y todo un consumado maestro, por lo que, “puesto” que se le daba, “puesto” que podía dejar, se le tirara o no, con la baba caída al más exigente de los pajareros. El tirarle - y más ya a estas alturas - era lo de menos, aunque difícilmente podía escapar de aquel su magistral tacto y perfecta estrategia, ni la más redomada y astuta perdiz que “se le pudiera al aparato”.
En uno de estos últimos puesto de su vida - lo recuerdo perfectamente, ¿cómo no? - su indiscutible talento alcanzó tal altura, que aquello fue como el que hace malabares de mágica fantasía, por lo que más que para contar, sería para ser vivido.
Fue en un puesto de luz. La mañana, por luminosa y serena, era todo un delicioso encanto, en tanto que el lugar, por idílico y bello, también debía ser como los que se sueñan en el Edén.
Había levantado el tollo casi en la base de un pequeño cabezo, aledaño a un soto de viejos álamos de sensual verdor, - conocido por "La Alameda del Boticario" - a cuyos pies corría un andarín arroyuelo. Perdidos en sus frondosas ramas, unos jilgueros enamorados, intentaban fascinar con sus requiebros, tan idílicos y campestres siempre, a la que debían estar soñando como la bellísima y tierna compañera de su nido, al ritmo que, al parecer, les iban marcando los cantarines “gorgoteos” del andarín y juguetón arroyuelo que por allí se deslizaba.
Había oído contestar una collera, sin mucha convicción, (por cierto, que se encontraba en la ladera que, poco mateada, se alzaba afablemente al otro lado del arroyo) pues bien, como digo una collera le había contestado a los reclamos de salida que, por obligación, había dejado escapar el honrado y viejo obrero de la jaula. El Chepa hizo un esfuerzo e insistió, procurando infundir a sus nuevos reclamos una renovada y jubilosa alegría. El campesino entonces - que no la hembra - alegró, asimismo, su réplica. Fue el momento en el que comencé a soñar que el lance empezaba a hervir, y con tal fervor, que el desenlace podría presentarse en cualquier momento. No fue así, sin embargo, sino que, por el contrario, pude comprobar, sólo breves instantes después, que aquellas campesinas, si es que llegaban a ofrecer un lance, éste iba para largo. Y es que la collera, tanto por parte de él, como por parte de ella, no dejaba de lanzar reclamos y más reclamos un tanto desangelados al vacío, pero sin mover una pata.
Parecían que estaban amarrados al tronco de uno de los arbustos que por allí se podían divisar. Tanto era así, que si no hubiera sido por los reclamos de la hembra, hubiera pensado que aquellos “reclamos, titeos y curicheos” del macho, bien podían ser los de un reclamo que, como el mío, había sido entronizado por allí en su pulpitillo, por un aficionado que hubiera llegado antes que yo, o, tal vez, después, sin apercibirse de mi tan cercana posición.
El Chepa también debió entender que allí había mucha tela que cortar, y que él, a sus años, ya no estaba para muchas trotes y, aún menos, para inútiles pérdidas de tiempo, teniendo, además, que dejarse en ellas tantos esfuerzos y tantos sudores, por lo que se propuso aburrir al muy "cantaor" matrimonio, no permitiéndoles ni un reclamo más, a base de una pertinaz y contumaz “regañina” a base "guteos” y más “guteos”. Así que, tan pronto como intuía el menor intento de los campesinos en sus reclamos, allí estaba El Chepa con sus enfadados y contundentes “guuuu” “guuuu”. Jamás le vi, durante nuestra ya dilatada vida, tantas riñas en un puesto. Fueron tantas y tantas, que un canto como el de la riña, que, por lo común, suele ser emitido sólo circunstancial y esporádicamente, pasó a ser el verdadero protagonista en lance de tan larga duración, en tanto que cantos tan básicos y esenciales, como el titeo, el reclamo o el “cuchicheo”, quedaron relegados a muy segundo lugar, y sólo emitidos en momentos absolutamente imprescindibles.
Aquello, por increíble - como ya he dejado dicho - no es para ser contado, sino para ser vivido, y es que, por lo poco común y anómalo, parecía pertenecer a un mágico y enigmático mundo de ensueño, difícilmente comprensible.
Con verdadero asombro pude comprobar que, en aquel puesto, allá en "El Soto de la Alameda del Boticario", durante más de una hora, que fue lo que tardó en llegar el desenlace, no dos o tres riñas, más o menos oportunas y necesarias - como es lo común - sino que aquello fue una continua riña, dando la sensación de ser como una tozuda y asombrosa cabezonería de “regañinas y más regañinas y venga regañinas”.
La collera, viéndose cortada tan insistentemente, tan pronto como intentaba entonar su cantata y que el dictador reñidor no presentaba la menor fisura o desfallecimiento, no tuvo otra opción, sino la de moverse de allí, viendo que se dormían de aburrimiento, ya que ni contestar podían, aunque sólo fuera por un mínimo de dignidad. La hembra no, pero el macho, que debía estar hasta "los mismísimos" de aquel intruso inquisidor, se arrancó, por fin, a entrar en busca del implacable y autoritario matón, hecho un energúmeno. Al disparo, la hembra, que se había quedado taimadamente rezagada, se voló, y, a partir de entonces, como si se la hubiera tragado la tierra. De ella jamás se supo.

Capitulo 27 
En los últimos puestos que le diera a mi entrañable e inolvidable Chepa, ya con la friolera de los doce celos sobre las espaldas, ni a “gutear” o reñir se decidía a los “retrancones” cantarines, para que, dejando de cantar, se dedicaran a avanzar, más o menos presurosos hacia la plaza, y es que bien sabía él, después de tantas y tantas batallas, que lo más común era que, a los postres y después de tantos esfuerzos, el reñido mandara al reñidor a tomar viento a la farola de Málaga - lo del puesto de La Alameda del Boticario fue una excepción – para, a renglón seguido, escapar de allí para ciento y un días.
Se limitaba pues, a salir de reclamo de cañón, eso siempre, y entonces se quedaba a la escucha atentamente, y si intuía que el que le replicaba, estaba en buena predisposición de aceptar la pelea, se esforzaba, aunque eso sí, un tanto a la trágala, en hacer lo que hubiera que hacer, para fraguar el lance, haciendo lo indecible para que el desenlace fuera lo más rápido posible, con la idea de ahorrarse trabajos y esfuerzos que, a su edad, deberían pesarle como una losa.
Una vez llegado el desenlace, fuere el que éste fuere, como sintiéndose liberado de una obligación y ya con la conciencia tranquila de haber hecho los deberes, muy mollar tenía que ver un nuevo lance, para emprenderlas de nuevo, preparando una nueva batalla, para no tomar la resolución de echarse plácidamente sobre la esterilla y ponerse como a sestear, tomando el templado solito ya a puertas de la Primavera.
Si, por el contrario, veía que el que o la que le contestaba, lo hacía con desgana y sin ninguna convicción, le decía "vaya usted con Dios “enhoramala", y se ponía a acicalarse las plumas parsimoniosamente, si es que no a dormitar como un bendito, si bien -y siempre por estricta obligación, si es que no por pasión o ganas – solía dejar escapar, después de largas pausas, alguna que otra llamada, por si las moscas.
Si, de inmediato, no se le ponía nadie “al aparato”, insistía moderadamente, y si la cosa seguía igual, la función, de momento al menos, se daba por concluida.
Casi me veo en la obligación de decir, aunque sólo sea como mera curiosidad, que sus endémicos saltitos, especialmente, al ponerle o quitarle la sayuela, tanto en casa, como en el campo, allí seguían en total vigencia, aunque, claro, en un anciano de tan avanzada edad, por mínimos que estos fueren, era casi inevitable que, al menor descuido, perdiera pie en ellos y cayera panza arriba, costándole, asimismo, Dios y ayuda para volver a tomar su natural posición.
¡Pobre Chepa! ¿Cómo estarán a estas horas sus huesos? Y no digo aquella otra tópica evocación de “dónde estarán sus huesos”, porque, como ya informaré en su oportuno momento, sé perfectamente en el lugar en que se encuentran! ¡Ay, aquel fantástico y bizarro trovador, que sólo el verlo plantado con aquel señorío en el pulpitillo, ya era una bendición de Dios...! ¿Dónde aquel poderoso gigante, aún siendo un pigmeo, ofreciendo aquella estampa del más aguerrido y valiente de los guerrilleros...? ¿Aquel irresistible embaucador, atrayendo a su pies al cobarde “receloso”, con aquellas sus invitaciones, tan amigables y delicadas, como farisaicas, ficticias y tan llenas de astucia, dónde? ¿Dónde aquel apuesto galán, enamorando y cautivando tanto a solteras, como a casadas o concubinas, con aquellos sus irresistibles requiebros y galanterías...? ¿Aquel beligerante y engreído guerrero, “picheándose” en la jaula con aquellos vibrantes gritos de guerra, intentado despertar a los soñolientos, si es que no apáticos campesinos de su modorra, para que entraran cuanto antes, en desigual batalla…..? ¿Aquel generoso luchador, que jamás se diera por vencido, ni mostrara el menor de los desfallecimientos, dónde....? ¿Dónde, en fin, aquel admirado y endiosado campeón, adorado y envidiado por propios y extraños....?

©José Fernando Titos Alfaro
Nº Expediente: SE-1091 -12 

miércoles, 4 de abril de 2018

Villa Santiaguista de Guadalcanal 3/5


Alternativas en la jurisdicción de la villa

IV.- REFORMAS DE FELIPE II EN LA ADMINISTRACIÓN LOCAL (Continuación)

En efecto, esta Real Provisión de 1588 decía de forma resumida lo que sigue:
"Don Felipe por la gracia de Dios rey de Castilla, de León...: A vos Don Fernando del Pulgar, salud y gracia: savedes que por petición de nuestras villas y lugares de las Órdenes Militares de Santiago, Calatrava y Alcántara nos ha sido hecha relación (petición), que teniendo los alcaldes ordinarios de los dichos lugares la jurisdicción criminal y civil en primera instancia sin ninguna limitación, sin tener obligación de ir en la dicha primera instancia a las cabeceras de los partidos a pedir justicia ante los gobernadores de ellas, ni los dichos gobernadores poder abocar a sí (juzgar) ninguna causa, sino en ciertos casos criminales limitadamente y no en otros… "
A continuación se justificaban las decisiones tomadas en 1566:
"Y estando en esta costumbre, habiéndosenos hecho relación (información) de que la justicia no se administraba como convenía, por ser los alcaldes ordinarios vecinos y naturales de los mismos pueblos (y que así favorecían a sus parientes y amigos), como por no ser letrados, habían resultado daños y desasosiego (entre los vecinos) que por la mayor parte solían cargar sobre los pobres que no tenían con qué recurrir a los superiores(8) y otras cosas tocante a esto, habíamos proveído y ordenado por una nuestra Cédula Real, fechada a ocho de febrero de 1566 años, que se dividiesen los partidos de las gobernaciones que entonces había en las suso dichas Órdenes en ciertas alcaldías mayores y que en los lugares donde residan los dichos gobernadores y alcaldes mayores no hubiesen alcaldes ordinarios, sino los dichos jueces, cada cual en su partido y sus lugares residentes, conociendo de todos los pleitos, causas y negocios civiles y criminales de los vecinos y moradores y habitantes en ellos; y que así mismo conociesen en grado de apelación de cada uno de sus distritos de lo que sentenciasen los alcaldes ordinarios de los dichos pueblos de los dichos partidos y que todos los negocios y causas que a los dichos gobernadores y alcaldes mayores pareciesen convenir a la administración de la justicia los pudiesen abocar a sí y conocer de ellos, ya se procediese de oficio o por querella de partes y que todos (los vecinos) de los pueblos de los dichos partidos tuviesen la libertad de llevar en primera instancia ante los suso dichos jueces cualesquier pleito, causa o negocio que quisieren, así criminales como civiles o ejecutivos, sin embargo (independientemente y por encima) de cualesquier privilegio, cartas ejecutorias y provisiones y cartas acordadas que los dichos pueblos y vecinos de ellos tuviesen libradas (con anterioridad) en el nuestro Consejo Real o en las nuestras Audiencias y Chancillerías Reales y en el nuestro Consejo de las Órdenes"...
Sigue el texto, ahora tratando de justificar la devolución de la jurisdicción suprimida en 1566:
"Y aunque era así (cierto), que la dicha nueva orden la habíamos dado por parecer más conveniente al bien y beneficio público de los dichos lugares con grave y justa consideración según el estado de las cosas en aquel tiempo… Y porque aunque los dichos alcaldes ordinarios no sean letrados, sentenciaban y juzgaban sus causas con parecer de sus asesores, y que ser vecino y natural era mayor conveniencia (9) , porque juzgando entre sus naturales y parientes las causas que no eran de mucha sustancia, las componían entre sí sin largas ni dilaciones con que se excusaban (eliminaban) las vejaciones y costas (gastos) de largo alcance (que habría que hacer si intervenía en primera instancia los gobernadores); y cada una de ellas (se resolvía) dentro de su lugar, y en su casa litigaba y hacía justicia (más rápida y menos gravosa;) y si se sentía agraviado (cualquiera de las partes litigantes ante la sentencia del alcalde ordinario) apelaba al gobernador que no estaba lejos, el cual la desagraviaba bien y sumariamente; y que para las cosas de mayor momento (importancia) en que habiendo dilaciones en la justicia, podía haber mucho inconveniente estaban reservados los dichos casos limitados en el que el gobernador podía abocar a sí y conocer de ellos; y porque siendo como era prohibido el sacar a nadie de su fuero y jurisdicción, por tener, como al presente tienen los gobernadores, libertad de abocar a si todas las causas criminales que quisieren de las que conocían los alcaldes ordinarios y así mismo de la primera instancia de las demás, sin dejar ninguna; y no se contentaban con esto, sino por cualquier causa liviana o de palabra enviaban a sus alguaciles y escribanos recorriendo toda la tierra (término) a hacer informaciones, apresando culpados y, además de cobrar de ellos sus salarios e costas, los sacaban de sus pueblos y los llevaban a la cabecera del partido donde estaba el gobernador o alcalde mayor y allí los tenían y sentenciaban; y cuando salían de la cárcel las costas y gastos que habían hecho y pérdidas en sus hacienda (por la ausencia) eran sin comparación mayores que las condenaciones que les hacían y venían a quedar perdidas y destruidas (dichas haciendas); y cuando los dañan en fiado (bajo fianza) por ser ilimitado pasado aquel (el tiempo de la fianza) volvían a enviar a por ellos y (nuevamente) cobrar los mismos salarios y costas; y que con este fin sentencian y sentenciaban los alguaciles y escribanos se llegaban mucho y eran muy frecuente; y las causas que antes se componían (arreglaban) sin costas de los jueces y sin pérdida de sus haciendas, en la misma (interviniendo los oficiales de la gobernación) les costaba mucho más de lo que tenían y que como el gobernador podía conocer en primera instancia, como dicho es, de todas las causas, ordinariamente padecían los pobres que menos podían porque los ricos que los injuriaban y los ofendían con la posibilidad que tenían se adelantaban a querellar primero ante el gobernador y llevaban al alguacil y al escribano a costa de los ofendidos, los cuales, por ser pobres, no podían ir a litigar fuera de su casa (pueblo) dejando sobre sí la ofensa; y cuando esto no se hacía (por demanda de partes) y el gobernador tomaba la causa de oficio, era lo mismo; y que los ricos que podían litigar fuera de sus casas lo hacían y los demás quedaban reprimidos y defraudados de su justicia en esto como en todas las causas civiles…"
Concluye esta Real Provisión de 1588 ofreciendo a los concejos la facultad de recobrar la primera instancia, naturalmente pagando por ello:
"…y suplicaron (los concejos de pueblos de las Órdenes Militares) que nos mandásemos volver a los dichos lugares de nuestras Órdenes la dicha jurisdicción civil y criminal en la dicha primera instancia, según de la misma manera que la tenían antes (de 1566) y que es dicha, ofreciéndose a nos dar una paga con la cantidad de maravedís que fuese justa para ayuda a nuestras necesidades (10) , lo cual habiéndose visto tratado y clarificado mucho con algunos de los dichos nuestro concejos y con nos concertados…"
Por ello, en un documento relacionado con la Real Provisión anterior, el monarca, intuyendo que el negocio podía ser sustancioso, tomó la decisión de nombrar expresamente un comisario para que no se quedase ningún maravedí por cobrar. Concretamente, autorizó a Fernando del Pulgar para que negociara con los concejos santiaguistas de la actual Extremadura la restitución de la primera instancia, según se recoge en el documento que sigue:
"…habemos acordado de proveer y nombrar a vos (Fernando del Pulgar) que vaya a tratar de ello particularmente con los dichos lugares e confiando de vos, que bien oficiareis por nos lo que os fuere mandado, habemos acordado de os lo encomendar y comendar, como por la presente os lo encomendamos y os mandamos que luego que esta mi carta fuere entregada a las dichas Órdenes de Santiago, Calatrava y Alcántara, tratéis con los concejos y vecinos de los dichos lugares concertando su licencia para que les volvamos la dicha jurisdicción, según como la tenían antes que se diese la dicha nuestra Cédula Real de ocho de febrero de 1566 y que la usen y ejerzan en todas las causas civiles y criminales según de la misma forma y manera que antes los vecinos la habían ejercido, dándole provisión y recaudo para que siempre la tendrán así en derecho la primera causa a su satisfacción; y que podáis concertar con los concejos y vecinos de los dichos lugares y tomar sobre cualquier asiento y concierto que os pareciere bien visto fuere, por mayor o por vecino o en cualquier otra vía y forma que os pareciere hacer; y otorgar las escrituras o recaudos que sobre ello fuere necesario y otorgar por vos los dichos asientos y escrituras; yo por la presente la ratificó y apruebo por esta carta guardada, como si yo mismo la hiciese y otorgase y mandamos que es ley… Dada en San Lorenzo (del Escorial), a 28 de marzo de 1587".

(8)Es decir, recurrir en segunda instancia ante los gobernadores, circunstancia que determinaba unos gastos prohibitivos para los vecinos más pobres.
(9)Según la Real Provisión de 1566, esta misma circunstancia era un grave inconveniente a la hora de impartir justicia, pues entonces se entendía que los alcaldes impartían justicia con arbitrariedad, favoreciendo a sus más allegados.
(10)Se refiere a las necesidades de la Real Hacienda, en bancarrota tras la expansión y mantenimiento del mayor imperio que jamás haya existido. Éste era el verdadero motivo por el que se devolvía la jurisdicción suprimida a las villas y lugares de la Órdenes, y no la merced o favor real. De hecho, como veremos más adelante, Felipe II se garantizaba el cobro inmediato y al contado, aunque para ello tuviese que autorizar a los concejos a que, en contra de la legalidad vigente, hipotecasen sus bienes de propios y comunales.

Revista de Feria y Fiestas 2009
Manuel Maldonado Fernández